martes, 17 de marzo de 2009

Sobre el plebiscito comunal

A propósito del primer plebiscito comunal vinculante realizado en el país, en la comuna de Vitacura, cuyo tema fue cambiar la altura de las edificaciones en sectores de la comuna, y que mayoritariamente los vecinos rechazaron la propuesta municipal, la Derecha a través de Libertad y Desarrollo levanta una opinión al respecto:

Primero, los pensadores de la derecha, enumeran algunos problemas generales de los plebiscitos:

- No pueden hacerse en año electoral del municipio
- Que la fuerza pública se tome los lugares de votación con ciertas horas de antelación
- Que los locales de expendio de bebidas alcohólicas deban cerrar sus puertas
- Es muy costoso para el municipio, que debe asumir todos los gastos de su desarrollo.

Después de esta enumeración, van al tema principal: Los propietarios son quienes deben definir el plano regulador. y para ello argumentan:

- "En este plebiscito, votó mucha gente que no se va a ver afectada por el cambio o no cambio, ya que tuvieron que votar por el sólo hecho de estar inscritos en la comuna."
- "Es la comuna entera la que sale a votar, pero no los sectores que van a verse afectados. Ese es otro tema a revisar, porque hay que fijarse en quienes viven efectivamente en la comuna y en quienes son propietarios porque estos cambios en los planos reguladores afectan en el valor patrimonial de sus bienes raíces, para bien o para mal".

Después de planteada la problemática, proponen: entregar a las asociaciones de vecinos facultades respecto a modificaciones al plan regulador.

Para ello argumentan, "Hoy sólo el municipio puede ver esos temas y la idea es que los privados tengan un rol mucho más protagónico en temas de planificación urbana. Por qué no entregar las facultades de planificación urbana a los privados, por qué no puede una asociación de vecinos, dentro de un espectro más amplio, definir sus reglas en materia de regulación urbana ..."

Luego introducen otro tema, las compensaciones.

"Los cambios en el plan regulador dejan de manifiesto la inexistencia de compensaciones para quienes pueden verse afectados negativamente. 'Siempre cuando hay un cambio, hay sectores que pierden y sectores que ganan. La pregunta es cómo hacer para que al final todos ganen. O sea, que las ganancias de uno vayan a compensar las de otros, por ejemplo, con más áreas verdes, con más luminosidad, etc.'"

"Debe haber un plan de mitigación hacia los sectores que pueden verse afectados negativamente con los cambios en los planos reguladores de forma tal que apoyen los cambios en la medida que ellos también vean algún beneficio. 'Cuando un sector sólo ve costos, evidentemente se va a oponer'".

Finalmente concluyen respecto de los plebiscitos comunales:

"... la ciudadanía no siempre debe ser la encargada de manifestarse a favor o en contra de ciertos cambios en los planes reguladores."
"Los municipios en forma permanente hacen modificaciones a los planes reguladores, muchas veces que no generan mayores cambios en la comuna."

Primero surge la pregunta sobre los propietarios quienes deben definir, a juicio de la derecha, el plano regulador. ¿Plantearán más finamente luego que no da lo mismo ser dueño de un edificio que de una casita?, porque claramente lo que está detrás del tema de la propiedad es la prevalencia del capital sobre el ciudadano.

Está claro que los avances de participación ciudadana no pueden parar, al contrario, con la entrada en vigencia de la Ley de Transparencia, se afianza el camino de la participación ciudadana, que no debe detenerse con los berrinches conservadores, que se seguirán oyendo.

Sobre las observaciones generales, el tema del financiamiento es digno de ser considerado, dado que, para los municipios con menos recursos, no debiera existir la limitación económica para recoger la opinión de la gente. Podría ser financiado entre el gobierno regional y el municipio considerando diversos factores.

Las empresas que presionan para efectuar cambios a los planos reguladores, debieran incorporar el tema de la compensación económica a las comunidades que puedan verse afectadas. Disminuir sus utilidades para dar factibilidad a sus proyectos es un tema que debieran considerar seriamente. Para ello no se requiere ajustar la norma que permite realizar plebiscitos a las municipalidades, porque cuando la comunidad toda percibe que una acción beneficiará sus intereses, no cabe duda que la apoyará definitivamente.

Cabe recordar la normativa vigente para estos efectos:

"El alcalde, con acuerdo del concejo, o a requerimiento de los dos tercios del mismo concejo o por iniciativa de los ciudadanos inscritos en los registros electorales de la comuna, someterá a plebiscito las materias de administración local relativas a inversiones específicas de desarrollo comunal, a la aprobación o modificación del plan comunal de desarrollo, a la modificación del plan regulador u otras de interés para la comunidad local, siempre que sean propias de la esfera de competencia municipal..."

"Para la procedencia del plebiscito a requerimiento de la ciudadanía, deberá concurrir con su firma, ante notario público u oficial del Registro Civil, a lo menos el 10% de los ciudadanos inscritos en los registros electorales de la comuna al 31 de diciembre del año anterior, debiendo acreditarse dicho porcentaje mediante certificación que expedirá el Director Regional del Servicio Electoral."

Aunque el quorum de 10% de los ciudadanos inscritos es alto, esta experiencia de la comuna de Vitacura, es un aliciente para continuar en otras comunas con la participación de la ciudadanía, a lo menos a nivel municipal, dado que como lo afirma el Dr. Condeza, los espacios para participar a otros niveles, aun permanecen cerrados.

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